Logística

AIMX, contra figura de "proveedor intermediario" para plataformas digitales

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eShow
October 24, 2019

Este martes, la Asociación de Internet MX envió una carta a la Comisión de Economía del Senado, para sentar postura sobre la iniciativa de modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor que pretende que plataformas digitales como marketplaces o transporte privado sean responsables frente a los consumidores por el incumplimiento de obligaciones contractuales.

La misiva de la AIMX dirigida al senador Gustavo Madero, presidente de la Comisión de Economía, se refiere al proyecto de Decreto por el que se adiciona un artículo 9 BIS a la Ley Federal de Protección al Consumidor, que está turnado a dicha comisión y a la de Estudios Legislativos para su discusión.

Esta iniciativa fue presentada el 18 de septiembre por la senadora Minerva Hernández. En ella se establece la figura del “proveedor intermediario”, por la que se refiere a “la persona física o moral que opera un Sistema de información, mediante el cual pone en contacto a terceros proveedores con consumidores para realizar transacciones comerciales, pudiendo facilitar, en su caso, la celebración de la Transacción comercial, el pago o la entrega del bien o prestación de servicios”.

Establecida la figura bajo la que caen las plataformas digitales, la iniciativa dispone que, en su calidad de intermediarios, sean responsables ante el consumidor en caso de incumplimiento contractual de parte de parte de quien vende el producto o presta el servicio.

“El proveedor intermediario responderá frente al consumidor por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, sin perjuicio de su derecho a repetir contra terceros proveedores que resulten responsables”, dice la iniciativa de la legisladora de la bancada del PAN en el Senado.

Para la AIMX, la propuesta de responsabilidad de intermediarios contradice lo acordado en el Tratado México - Estados Unidos – Canadá (T-MEC) en el Capítulo de Comercio Digital.

En el T-MEC se consignan a las plataformas bajo la figura de “servicios informáticos interactivos” en su Capítulo 19. Los ejes del diseño de este capítulo son el eliminar los obstáculos regulatorios innecesarios al comercio electrónico, otorgar certeza jurídica a las empresas e inversionistas y garantizar la seguridad de los consumidores en este entorno.

Es en la disposición 19.17 que el documento trata la responsabilidad de las plataformas como intermediarios, y que establece, en cumplimiento de los objetivos del capítulo, “Establecer protecciones sólidas de responsabilidad de intermediarios al eximir de responsabilidad a las plataformas informáticas por el contenido subido por terceros”.

Sobre este punto, la AIMX apunta que en el Capítulo 19 del T-MEC se busca limitar, y no ampliar, la responsabilidad de las plataformas. Hacer responsables a las plataformas en su calidad de intermediarios de las transacciones tendría el efecto -según la AIMX- de “disminuir la confianza del consumidor […] y afectaciones directas al desarrollo de la economía digital”.

La AIMX argumenta también que de asumir los riegos que corresponden a los terceros proveedores, los costos de las plataformas intermediarias se elevarían, incremento que se trasladaría al consumidor final.

Otra iniciativa presentada por la legisladora Hernández junto con el senador José de Jesús Santana García busca agregar al Capítulo VIII Ter y un Artículo 76 Ter a la Ley Federal de Protección al Consumidor con el objetivo de que sean las plataformas de transporte privado las responsables ante el consumidor y no los conductores privados, por los incumplimientos en el servicio.

Por último, la AIMX también presenta sus argumentos contra la propuesta de que los sellos de confianza para tiendas online los emita la Procuraduría Federal del Consumidor, y ya no los organismos gremiales como la propia AIMX.

No es la primera vez que los legisladores pretenden hacer responsables a las plataformas digitales por los reclamos de los consumidores.

La iniciativa de la senadora Hernández tiene como antecedente la que presentaron en 2015 senadores de la LXIII Legislatura, que no prosperó en su momento debido a que durante su proceso legislativo de dictaminación no alcanzó los consensos necesarios para su aprobación.